Derecho penal claro, directo y a tu alcance.

Asesoría personalizada, envíanos un formulario y en breve nos comunicaremos contigo y atenderemos tus dudas.

Derecho penal claro, directo y a tu alcance.

tu rincon penal

¿Qué hacer si detienen a un familiar en México?

Sentir temor y preocupación ante la privación temporal de la libertad de un familiar es completamente normal frente a la incertidumbre del «¿qué va a pasar?». Cuando te enfrentas a esta situación, lo más importante es mantener la calma. De entrada, debes saber que en México las personas que son detenidas están amparadas por derechos constitucionales y tratados internacionales, que obligan a las autoridades a su plena observancia y aplicación.

¿Qué es una detención?

Es la privación temporal de la libertad de una persona para ponerla a disposición del Ministerio Público más próximo al lugar donde ocurrió el hecho, o del juez que conoce de la causa.

En la legislación mexicana, solo existen tres circunstancias por las que pueden detener a una persona:

    1. Cuando alguien comete un delito en flagrancia: Esto quiere decir que la persona es detenida al momento de cometer el delito o inmediatamente después de haberlo cometido.

    1. Por orden de aprehensión: Esta detención se debe a la emisión de una orden judicial por parte de un juez.

    1. Por caso urgente: La detención es ordenada directamente por el Ministerio Público, pero deben concurrir tres circunstancias para su procedencia:
        • I. Que la persona haya cometido un delito grave que, según la legislación, amerite prisión preventiva oficiosa o que, al sumar la pena mínima y la máxima y dividirlas entre dos, rebase los 5 años de prisión.

        • II. Que exista un riesgo fundado de que el investigado pueda darse a la fuga.

        • III. Que por cualquier circunstancia el Ministerio Público no pueda acudir ante la autoridad judicial y exista riesgo de evasión por parte del investigado.

que hacer si detienen a un familiar en México

¿Cuántas horas puede estar detenido mi familiar?

No más de 48 horas. Dentro de este término, deberá ser dejado en libertad o, en su caso, ser puesto a disposición de la autoridad judicial. De manera excepcional, este plazo podrá ampliarse hasta 96 horas cuando se trate de delitos de delincuencia organizada.

En el caso de los delitos perseguidos por querella (denuncia del afectado), se le notificará a la parte ofendida y se le otorgarán 12 horas a partir de esa notificación para que la presente (o 24 horas a partir de la detención si no fue localizado el querellante). Si dentro de este término no se formula la querella, la persona deberá ser puesta en libertad inmediata. En caso de que exista alguna imposibilidad justificada por parte del ofendido para presentarla, se agotarán las 48 horas reglamentarias.

¿De qué depende que mi familiar salga en libertad en las 48 horas o no?

Depende directamente del tipo de delito que se le impute:

    • Si se trata de un delito patrimonial o no grave: Podrá ser dejado en libertad dentro de las 48 horas posteriores a su detención, y la investigación continuará sin necesidad de que permanezca privado de su libertad.

    • Si se trata de un delito considerado grave: No será dejado en libertad y será puesto a disposición del juez dentro de las 48 horas, pudiendo imponérsele la medida cautelar de prisión preventiva para que continúe su proceso en reclusión.

Algunos de los delitos considerados graves (que ameritan prisión preventiva) son:

    • Abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorsión, y delitos previstos en las leyes aplicables relacionados con la ilegal introducción, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos, sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y sus derivados.

    • Homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción (en las modalidades de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones), robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, así como delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.

    • Delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos (como armas y explosivos), y delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.

    • Así como los demás delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, la salud, el contrabando y cualquier actividad relacionada con comprobantes fiscales falsos.

Otras circunstancias que pueden impedir su libertad inmediata:

    • Que exista riesgo de que tu familiar se dé a la fuga.

    • Que exista peligro de que obstaculice la investigación.

    • Que represente un riesgo para la víctima, el ofendido, los testigos o la comunidad.

ministerio publico detencion 48 horas

¿Cómo debes actuar ante esta situación? (Pasos a seguir)

    • Consulta el Registro Nacional de Detenciones: Puedes ingresar a la página consultasdetenciones.sspc.gob.mx para verificar la detención de tu familiar. En ese sitio encontrarás la hora de su detención y el lugar donde fue puesto a disposición. Es fundamental que verifiques si fue llevado a un Ministerio Público del orden común o federal, para reducir el tiempo de búsqueda.

    • Acércate a la agencia correspondiente: Acude al Ministerio Público (estatal o federal) más cercano al lugar de la detención para solicitar información. Así sabrás el motivo exacto de la detención y podrás tener un panorama más claro.

    • Contacta a su defensa: Identifica al defensor público que le asignaron, mantén comunicación constante con él y proporciónale la información que te solicite.

    • Solicita una visita: Pedir ver a tu familiar es un derecho garantizado para toda persona privada de la libertad; el Ministerio Público debe brindar las facilidades para que puedas comunicarte personalmente con él.

    • Aporta elementos de prueba: Ayuda a tu familiar y a su defensor a recabar los datos de prueba que estén a tu alcance para fortalecer su estrategia legal.

⚠️ Lo que debes EVITAR a toda costa:

    • Firmar documentos sin antes leer detenidamente todo su contenido.

    • Dar información a la autoridad que podría afectar su situación jurídica.

    • Permanecer de guardia afuera de las oficinas las 48 horas sin realizar gestiones útiles.

Mantén la calma y busca asesoría

Ten paciencia y mantente atento a la información que te brinde el defensor y el Ministerio Público. Lo más importante es que recuerdes que, antes de las 48 horas, la autoridad deberá definir la situación jurídica de tu familiar.

No tienes que atravesar esta situación solo. En Tu Rincón Penal te ofrecemos asesoría personalizada y accesible para darte tranquilidad. Analizamos la información de tu caso, te explicamos paso a paso lo que puede suceder y te orientamos con las herramientas jurídicas necesarias para que te dirijas con firmeza ante el Ministerio Público o el defensor.

👉 [Haz clic aquí para recibir orientación inmediata]